Subsidios y Beneficios Propios
 
Diseño del Subsidio o  Beneficio Individualización del acto que estableció el programa 
Nombre del Programa Unidad órgano interno o dependencia que gestiona Requisitos y antecedentes para postular Monto total asignado al programa o beneficio Período o plazo de postulación Criterio de evaluación y asignación Plazos del procedimiento Objetivo del subsidio o beneficio Tipo de acto que se establece Denominación del acto que se establece Número de acto que establece el programa Fecha del acto que se establece el programa o subsidio Link Texto Integro
Subsidio Único Familiar DIDECO Los menores hasta los 18 años de edad y los inválidos de cualquier edad, que vivan a expensas del beneficiario, que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil (hasta los 6 años) y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar.
Los niños cuya edad fluctúa entre 6 y 18 años de edad, se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otras equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por éste, a menos que fueren inválidos.
Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
La mujer embarazada. (A partir del quinto mes de embarazo). Menores de 18 que sean causantes, deben primero renunciar y luego postular al maternal.
Los deficientes mentales a que se refiere la Ley N º 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Asistencial del D.L. Nº 869, de 1975.
Inválidos de cualquier edad
El valor del subsidio familiar, a contar del 1° de Enero de 2016, es de $10.269. El período  de postulación es mensual, tomando como fecha tope los día 27 o 28 de cada mes. El criterio de evaluación será cumplir con los requisitos  según lo establecido en la normativa legal que lo regula.                         La asignación del beneficio será mediante un decreto municipal, el que se publicará en un lugar visible dentro del municipio, por un período de 30 días, a contar de su total tramitación. Mensual Es un beneficio equivalente  a la Asignación Familiar en su primer tramo, para personas de escasos recursos, que no pueden acceder al beneficio del DFL N  150, de 1982, por no ser trabajadores dependientes afiliados a un sistema previsional. Proyecto de Ley         Subsidio Familiar para personas de casos recursos. Ley 18.020 17-08-81 Enlace