1.- Completar el formulario de "solicitud de patente", que proporciona el Depto. de Rentas y Finanzas (en caso de ser una sucursal, con casa matriz en otra comuna, acompañar certificado de capital propio expedido por la municipalidad donde efectúa la declaración de capital propio la casa matriz. En el caso de personas jurídicas, fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad y/o fotocopia del extracto de ésta).
2.- Contrato de arrendamiento del local o acreditar ser propietario, acompañando fotocopia de la escritura de compraventa y/o certificado de inscripción de dominio del inmueble.
a.1. Productos alimenticios o talleres que presumiblemente pudieran producir contaminación: Además de lo señalado en los números 1 y 2 de la letra a) precedente, deber presentar resolución Sanitaria que la entrega el Servicio de Salud de Iquique.
a.2. Venta de gas licuado:Además de lo señalado en los números 1 y 2 de la letra a) precedente, deber presentar autorización de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
a.3. Imprentas:Además de lo señalado en los números 1 y 2 de la letra a) precedente, deberán presentar Inscripción del Departamento de Visitación de Imprentas y Bibliotecas, de la Biblioteca Nacional.
a.4. Artes Marciales:Además de lo señalado en los números 1 y 2 de la letra a) precedente, deberán presentar certificado de Carabineros de Chile.
a.5. Profesionales:Además de lo señalado en los números 1 y 2 de la letra a) precedente, deberán presentar fotocopia legalizada ante notario del respectivo título o certificado de título.
Patentes de Alcoholes
Además de lo señalado en los números 1 y 2 de la letra a) precedente, deberán acompañar los siguientes antecedentes:
Certificado de antecedentes del solicitante, cuya fecha de emisión no sea superior a 30 días. En caso de personas jurídicas (sociedades) se acompañar certificado de antecedentes de cada uno de los integrantes de ésta. (Art. 166 de la Ley de Alcoholes).
En el caso de Bodegas, elaboradoras, envasadoras o distribuidoras de vinos y licores, deberán entregar declaración jurada señalando que conocen las disposiciones de la letra j) del artículo 140 de la Ley N° 17.105 (Ley de Alcoholes), en cuanto al expendio al por mayor, el que se efectúa en cantidades no inferiores a 200 litros, si se trata de venta a granel o de 48 botellas, si la venta es de bebidas envasadas.
Además de lo señalado en los números 1 y 2 de la letra a) precedente, deberán acompañar los siguientes antecedentes:
Certificado de antecedentes del solicitante, cuya fecha de emisión no sea superior a 30 días. En caso de personas jurídicas (sociedades) se acompañar certificado de antecedentes de cada uno de los integrantes de ésta. (Art. 166 de la Ley de Alcoholes).
En el caso de Bodegas, elaboradoras, envasadoras o distribuidoras de vinos y licores, deberán entregar declaración jurada señalando que conocen las disposiciones de la letra j) del artículo 140 de la Ley N?17.105 (Ley de Alcoholes), en cuanto al expendio al por mayor, el que se efectúa en cantidades no inferiores a 200 litros, si se trata de venta a granel o de 48 botellas, si la venta es de bebidas envasadas.
Patentes industriales
Además de lo señalado en los números 1 y 2 de la letra a) precedente
Deberán presentar resolución Sanitaria las industrias que presumiblemente pudieren producir contaminación.
Aquellas industrias que evacuen residuos industriales líquidos, deberán acompañar copia del Decreto Supremo que autoriza su tratamiento o bien el certificado de la Superintendencia de Servicios Sanitarios que acredite que no generan residuos industriales.